The Book of Common Prayer
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    Libro de Oración Común
The Book of Common Prayer in Spanish (1928)

 

RATIFICACION DEL LIBRO
DE ORACION COMUN

POR LOS OBISPOS Y DIPUTADOS CLÉRIGOS Y LAICOS DE LA IGLESIA PROTESTANTE EPISCOPAL EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; REUNIDOS EN CONVENCIÓN, EN ESTE DÍA DIECISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DE NUESTRO SEÑOR MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.

Esta Convención habiendo presentado, en sesión de hoy, un Libro de Oración Común, Administración de los Sacramentos, y otros Ritos y Ceremonias de la Iglesia, declara que dicho libro queda establecido como la Liturgia de esta Iglesia: y ordena que así sea recibido por todos los miembros de la misma; y que estará en uso desde el día primero de octubre, del año de nuestro Señor mil setecientos noventa.



 
Ratification

Prefacio

ES una Parte muy inestimable de la bendita « libertad con que Cristo nos hizo libres, » permitir sin ofensa alguna diferentes formas y prácticas en su culto, con tal que se conserve íntegra la esencia de la Fe; y que en cada Iglesia se refiera a la Disciplina, lo que no se puede determinar claramente como parte de la Doctrina. Y de consiguiente, se puede, con el consentimiento común y la autoridad, modificar, abreviar, ampliar, enmendar o disponer en otra forma, si es más conveniente para la edificación del pueblo, y « de acuerdo con las distintas exigencias de los tiempos y de las ocasiones. »
    La Iglesia de Inglaterra, a la que debe la Iglesia Protestante Episcopal en los Estados Unidos, mediante Dios, su primer establecimiento, y por mucho tiempo su mantenimiento, cuidado y protección, tiene como regla en el Prefacio de su Libro de Oración Común que; « Las Fórmulas particulares del Culto Divino y los Ritos y Ceremonias designados para el mismo, son cosas indiferentes y alterables por su naturaleza, y, así se reconocen. Por consiguiente, es razonable que, después de consideraciones graves e importantes, y de acuerdo con las diversas exigencias de los tiempos y de las ocasiones, puedan hacerse tales cambios y alteraciones, si aquellos constituidos en autoridad, los juzgaren de tiempo en tiempo, necesarios y convenientes. »
    Esa misma Iglesia ha declarado, no sólo en su Prefacio, sino también en sus Artículos y en las Homilías, la necesidad y conveniencia de hacer alteraciones y enmiendas ocasionales en sus Fórmulas para el Culto Público; y por consiguiente, vemos que, procurando conservar el medio feliz entre la demasiada rigidez en rehusar, y la demasiada facilidad en admitir alteraciones en las cosas ya deliberadamente establecidas, ha permitido en los reinos de varios Príncipes, desde la primera compilación de su Liturgia en tiempos de Eduardo Sexto, hacer alteraciones en ciertos casos, creyéndose conveniente en sus respectivas épocas, por justas y poderosas consideraciones; pero de tal manera que, el cuerpo principal y las partes esenciales de la Liturgia, (tanto en las materias importantes como en su estructura y orden) han permanecido aun firmes e inmutables.
    Su objeto generalmente en estas diferentes revisiones y alteraciones, ha sido, como lo declara más adelante en su antedicho Prefacio, hacer lo que más tienda, según su mejor comprensión, a conservar la unidad y la paz en la Iglesia; mantener la reverencia y estimular la piedad y la devoción en el culto de Dios; y, finalmente, eliminar los motivos que den lugar a cavilosidades y disputas sobre su Liturgia. Y aunque según su criterio, nada hay en ello contrario a la Palabra de Dios y a la sana Doctrina, o a lo que un hombre Piadoso no pudiese en conciencia practicar y someterse, o que no pudiese defender razonablemente, si es que tal justa y conveniente construcción es Permitida, como en justicia se permite en todos los escritos humanos; sin embargo, de conformidad con las razones ya expuestas, no se deja de suponer que, en el transcurso de los tiempos, sean necesarias otras alteraciones. En efecto, en el año 1689 una comisión fué designada para hacer una revisión; pero esa labor conveniente e importante se frustró en aquel tiempo, y, desde entonces, la Autoridad Civil no ha creído oportuno designar otra comisión que la lleve a efecto.
    Pero cuando estos Estados Americanos en el curso de la Providencia Divina se independizaron en lo que respecta al gobierno civil, su independencia eclesiástica quedó necesariamente incluida; y las diferentes denominaciones religiosas de los Cristianos en estos Estados quedaron en igual y completa libertad para modelar y organizar sus respectivas Iglesias, sus formas de culto y disciplina. de la manera que creyeron más conveniente para su prosperidad futura, de acuerdo con la constitución y las leyes de su país.
    Esta Iglesia puso su atención, en primer lugar, en las alteraciones a la Liturgia que se hacían necesarias en las oraciones por nuestras Autoridades Civiles, como consecuencia de la Revolución. Y su cuidado principal consistió en conformarlas a lo que debe ser el propósito de tales oraciones, esto es, que: « Las Autoridades Civiles obtengan gracia, sabiduría y entendimiento para administrar justicia y sostener la verdad »; y que el pueblo « disfrute de una vida tranquila y pacífica en toda piedad y honestidad. »
    Pero mientras se revisaban estas alteraciones ante la Convención, no se pudo menos que aprovechar, con gratitud a Dios, la feliz ocasión que se les ofrecía para hacer una nueva revisión del Culto Público, sin la influencia y restricción de autoridad temporal alguna, y establecer las alteraciones y enmiendas que se estimaron convenientes.
    Es innecesario enumerar todas las distintas enmiendas y alteraciones. Y es de esperarse que se manifiesten, así como también las razones que las motivaron, al hacer una comparación de este Libro con el Libro de Oración Común de la Iglesia de Inglaterra. Por lo que también se notará que esta Iglesia no ha intentado apartarse de la Iglesia de Inglaterra en nada de lo que es esencial a la doctrina, a la disciplina o al culto; a no ser lo que las circunstancias locales exijan.
    Y ahora: concluida esta importante obra, esperamos que sea enteramente recibida y examinada por cada miembro verdadero de nuestra Iglesia, y por todos los Cristianos sinceros, con una disposición humilde, justa y bondadosa; sin prejuicios ni preocupaciones, considerando con seriedad lo que es el Cristianismo, y lo que son las verdades del Evangelio, rogando encarecidamente a Dios Todopoderoso que acompañe con su Bendición todos los esfuerzos que se hacen para promulgarlas a toda la humanidad, de la manera más clara, sencilla, conmovedora y majestuosa, por amor de Jesucristo, nuestro bendito Señor y Salvador.

Filadelfia, Octubre de 1789.



 
Preface

Lo Concerniente a los Oficios
de la Iglesia

EL Orden para la Santa Comunión, el Orden para la Oración Matutina, el Orden para la Oración Vespertina, y la Letanía tal como se establecen en este Libro, son los Oficios regulares designados para el Culto Público en esta Iglesia, y así deben ser usados; pero además de estos Oficios, bajo la dirección del Ordinario, el Oficiante puede usar a discreción otras devociones tomadas de este Libro o que hayan sido establecidas por las autoridades legales de esta Iglesia o seleccionadas de las Santas Escrituras; y además, con la autorización del Obispo, podrá usar otras devociones
semejantes a las ya mencionadas, en lugar del Orden para la Oración Matutina, o para la Vespertina, en Misiones o Capillas y cuando expresamente se autorice por el Ordinario, también en la Catedral, en Iglesias Parroquiales o en otros lugares, si así lo requiere la dificación espiritual de la Congregación.
    El Obispo podrá ordenar la forma o formas que crea conveniente para los Días de Ayuno o Acción de Gracias prescritos por la Autoridad Civil o Eclesiástica, así como en otras ocasiones especiales para las que no se haya provisto en este Libro, en cuyo caso ningún otro podrá usarse.
    NOTA: En las instrucciones que se dan para los distintos Oficios en este Libro, cuando se usa alguna palabra peculiar para denotar su pronunciación, no se intenta prescribir el tono y manera de recitarlos.

 

Concerning the Service of the Church

USO DEL SALTERIO Y LECCIONARIO.

EL Antiguo Testamento se designa para las Primeras Lecciones y el Nuevo Testamento para las Segundas, en los Oficios de la Oración Matutina y la Oración Vespertina durante el año.
    Los Salmos y Lecciones que se han de leer cada día se hallan en la siguiente Tabla de Salmos y Lecciones para el Año Cristiano; exceptuándose solamente los indicados para las Fiestas Fijas, que se hallan en su Tabla correspondiente.
    En los días siguientes y sus Vísperas, si hubiere, los Salmos Propios señalados en las Tablas serán usados: Navidad, Epifanía, Purificación, Miércoles de Ceniza, Anunciación, Viernes Santo, Pascua de Resurrección, Ascensión, Pentecostés, Domínica de Trinidad, Transfiguración, Todos los Santos y Día de Acción de Gracias.
    NÓTESE, Que en otros días, el Oficiante usará los Salmos señalados en las Tablas; o a discreción, puede usar uno o más de los especificados en el Salterio para el día del mes, o de la Tabla de Selecciones de Salmos. NÓTESE además, Que en caso de hallarse un Salmo dividido en secciones, el Oficiante podrá escoger una o más de las secciones de ese Salmo.
    Los Salmos y Lecciones impresos en la misma linea deben ser usados conjuntamente. En cualquier oficio para el cual se han señalado más de una selección de Salmos y Lecciones, la que se ha de usar queda a discreción del Oficiante.
    Cualquiera selección de Salmos y Lecciones señalada para la tarde de cualquier día puede leerse en el oficio de la mañana, y cualquiera selección de Salmos y Lecciones para la mañana puede leerse por la tarde.
    Las Lecciones con asterisco señaladas para domingos son particularmente apropiados para usarse cuando la Oración Matutina con una Lección precede a la Santa Comunión.
    Cualquier domingo o día festivo, el Oficiante puede leer la Epístola o el Evangelio del Día en lugar de la Segunda Lección en el oficio de Oración Matutina o Vespertina.
    Cualquier día de la semana que no sea día festivo, los Salmos y Lecciones señalados para cualquier día de dicha semana puede leerse en vez de los señalados para el Día.
    Cuando se observa la Octava de cualquier Día Santo, los Salmos y Lecciones del Día pueden ser usados el domingo dentro de la Octava.
    En ocasiones especiales el Oficiante puede seleccionar los Salmos y Lecciones que considere propios.
    Cualquier Lección puede ser alargada o acortada a discreción del Oficiante.


 
Use of the Psalter and Lectionary


HIMNOS Y ANTIFONAS.

SE puede cantar antes y después de cualquier Oficio de este Libro, como también antes y después
de los sermones, los Himnos publicados y permitidos por la autoridad de esta Iglesia, y Antífonas tomadas de las Santas Escrituras, o del Libro de Oración Común.



   
 
Hymns & Anthems

Selecciones de Salmos

I.  Dios Creador. 8, 19; 33; 65, 111; 104; 145; 147.
II.  Dios Redentor. 33; 102:15; 103; 111, 126; 113, 114; 130, 138.
III.  Dios Juez. 1, 11; 7; 46, 97; 50; 62, 82; 75, 76; 90; 96; 98.
IV.  Gloria Divina. 18:1-20; 29, 99; 36:5 & 46; 148, 150.
V.  Soberanía Divina. 24, 93; 46, 47 72 89:1-19; 96, 97; 98, 99; 112, 146; 145.
VI.  Sabiduría Divina. 33; 104; 111, 113; 139; 145; 147.
VII.  Ley Divina. 19; 50; 62, 111; 119; 147.
VIII.  Providencia Divina. 23, 121; 33; 34; 37:26 & 124; 89:1-19; 139; 145; 146; 147.
IX.  Bondad Divina. 23, 100; 32, 130; 57, 61; 62, 63; 73; 77; 85; 86; 103; 118; 145.
X.  La Encarnación. 2, 110; 8, 113; 85, 111; 89:1-30; 102:15; 132.
XI.  La Pasión. 22; 40:1-16; 42; 54, 130; 69:1-22, 30-37; 88; 116.
XII.  La Iglesia. 46, 111; 48; 84; 122, 133; 147.
XIII.  Culto. 5; 26, 43; 63, 65; 66; 67, 122; 84, 138; 96, 100; 102:15; 116.
XIV.  Acción de Gracias. 30, 67; 65; 92, 100; 98, 111; 103; 107; 116; 134, 138; 145; 147; 148, 150.
XV.  Oración. 4, 5; 17; 20, 28; 31; 54, 61; 84; 86; 102:15; 141:1-4 & 142.
XVI.  Confianza en Dios. 27; 31; 57, 146; 62, 63; 71; 73; 77; 91; 118; 121, 124, 125; 123, 143.
XVII.  Dios Refugio nuestro. 4, 20; 17; 37; 46; 49 54, 61; 71; 91; 103; 121, 146.
XVIII.  Dirección Divina. 25; 43, 85; 8o; 111, 112.
XIX.  En Adversidad. 3, 11; 12, 13; 18:1-20; 20, 46; 30, 146; 40:1-16; 49; 57, 85; 62, 63; 80; 86; 90; 107:1—16; 118; 144.
XX.  Justicia. 1, 15; 11, 12; 18:21-35; 19; 26; 34; 40:1-16; 92; 111, 112.
XXI.  Paz. 29, 46; 76; 85; 98, 100; 124, 125, 126.
XXII.  Incertidumbre de la Vida. 39; 49 90; 102:15.
XXIII.  Esperanza de Inmortalidad. 16, 146; 30, 121; 42; 49; 66; 73; 103; 116; 139.
XXIV.  Matutinos. 3, 20; 5, 63; 90; 143.
XXV.  Vespertinos. 4, 31:1-6, 97, 134; 13, 121; 16, 17; 77.
XXVI.  Penitenciales. 6, 32, 38, 51, 102, 130, 143.
XXVII.  Preparación para la Eucaristía. 23, 36:5; 25; 26, 43; 41; 63; 84, 122; 85; 86; 130, 133; 139.
XXVIII.  Acción de Gracias después de la Eucaristía. 8, 15; 18:1—20; 19; 27; 29, 30; 34; 100, 110; 103; 118; 145; 150.
Selections of Psalms

 

Web author: Charles Wohlers U. S. EnglandScotlandIrelandWalesCanadaWorld