Indice
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Páginas |
NOTA
IMPORTANTE |
VII |
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OBSERVACIONES
PRELIMINARES |
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Culto Público |
IX |
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Decálogo
y Símbolos de fe |
XI |
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La Oración |
XI |
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Salmos, Cánticos,
Antífonas e Himnos |
XII |
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La Predicación |
XII |
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La Cena del
Señor |
XIII |
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Días
de Culto público |
XIII |
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Lugares del
Culto |
XIV |
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Lectura de la
Palabra de Dios |
XV |
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El Ministro
Oficiante |
XVI |
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Instrucciones
para los Fieles |
XVI |
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Advertencias |
XVII |
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Cómputo
Eclesiástico |
XVIII |
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Tabla de Fiestas
Movibles |
XIX |
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Tabla de la
Pascua y demás fiestas Movibles hasta el año 1980 |
XX |
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Leccionario |
XXII |
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Leccionario
para las Conmemoraciones |
XXXV |
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OFICIOS |
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Oficio
Matutino |
3 |
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Oficio
Vespertino |
32 |
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Oficio
de Suplicación |
51 |
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Letania |
51 |
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Oraciones
de Súplica |
55 |
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Oraciones
de Acción de Gracias |
68 |
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Oficio
para la Natividad de Jesucristo |
74 |
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Oficio para
la Circuncisión de Jesucristo |
80 |
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Oficio para
la Epifania |
83 |
|
Oficio para
el Jueves Santo |
86 |
|
Oficio para
el Viernes Santo |
97 |
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Oficio de Pasión |
113 |
|
Oficio para
la Pascua |
124 |
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Oficio para
la Ascensión |
129 |
|
Oficio para
Pentecostés |
133 |
|
Oficio para
la Trinidad |
137 |
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La Cena del
Señor |
141 |
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Oraciones, Profecías,
Epístolas y Evangelios |
183 |
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Conmemoraciones
para ciertos días del año |
224 |
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Bautismo de
Párvulos |
231 |
|
Bautismo de
Personas adultas |
242 |
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Oficio para
la Confirmación |
253 |
|
Solemnización
del Matrimonio |
264 |
|
Acción
de Gracias por un feliz Alumbramiento |
275 |
|
Visita de Enfermos |
278 |
|
Comunión
para los Enfermos |
287 |
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Oficio de Sepultura
para Adultos |
290 |
|
Oficio de Sepultura
para Párvulos |
299 |
|
Oficio Divino
para los Navegantes |
306 |
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Los Salmos de
David |
313 |
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Cánticos |
517 |
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Ordenación
de Diáconos |
548 |
|
Ordenación
de Presbíteros |
556 |
|
Consagración
de Obispos |
571 |
|
Consagración
de Iglesia |
584 |
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Oficio de Conmemoración
de los Mártires |
594 |
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Declaración
de Doctrina |
595 |
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Símbolo
de Atanasio |
605 |
|
Oraciones para
el uso privado de los Fieles |
608 |
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Indice de Salmos
apropiados para meditaciones y disposiciones de ánimo diversas |
624 |
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NOTA IMPORTANTE
Por acuerdo del Sínodo de 1952, confirmado por el Consejo
Provisional de Obispos, el titulo de la Iglesia es IGLESIA ESPAÑOLA
REFORMADA EPISCOPAL.
Por lo excepcional de las circunstancias, no han podido llenarse
todos los requisitos para la presente edición de la LITURGIA. Por
lo tanto, conserva su carácter oficial la edición anterior
(1889), salvo en las adiciones ahora incorporadas a los Oficios
de Bautismo (Párvulos y Adultos), de Ordenación de Presbíteros
y Consagración de Obispos, las cuales cumplimentan acuerdos del
Sínodo de 1906, canónicamente confirmados.
El Sínodo de 1952 permitió abreviaciones
para la presente edición que no afecten a las partes vitales de
los Oficios. Estas abreviaciones se han reducido al mínimo y tienen
un carácter provisional.
Como un experimento, se ha hecho concordar el LECCIONARIO con el
Año Eclesiástico, asegurando con ello lecciones de especial
importancia para los Domingos.
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Important
Note |
OBSERVACIONES PRELIMINARES
1.
— Culto Público.
El Culto externo tributado a Dios en la Iglesia Cristiana, no se halla
con precisión y minuciosidad detallado en el Nuevo Testamento,
como sucedía respecto al culto de la Iglesia Judaica en el Testamento
Antiguo.
Hay, sin embargo, ciertos principios en el Nuevo Testamento
que, ya por via de mandato o de consejo, ya como práctica apostólica,
trazan el camino que se debe seguir; y ajustándose a ellos, puede
evitarse el exagerado o defectuoso ritualismo que se encuentra en algunas
Iglesias.
Cuando por la ignorancia o por la malicia, con el transcurso
de los siglos, se introducen en la Iglesia tradiciones no autorizadas
y doctrinas de hombres, que siempre tienden a invalidar la Palabra y el
mandamiento de Dios, se hace indispensable la reforma. Y al acometerse
ésta se observa constantemente que hay que reformar, no las do:trinas
sólo, sino también la disciplina o régimen y la forma
del culto público.
Pero reformar no es introducir una Religión nueva, sino volver
a la prístina pureza del antiguo Cristianismo, desembarazándolo
y limpiándolo de la hojarasca, malezas y letales abrojos, que la
malicia ha sembrado o la ignorancia ha dejado brotar en medio de él.
Por esta razón no se puede prescindir de los siglos ni de los hombres
que nos han precedido, sino que hay que ir, a través de ellos,
remontándonos hasta la época en que hallemos la doctrina,
la disciplina y el culto en un todo conformes a la Palabra de Dios.
Así hemos procurado hacerlo nosotros, y con
el auxilio divino confiamos haber logrado nuestro objeto en cuanto a la
forma del Culto, que es el punto concreto sobre el cual versan estas Observaciones.
El Rito Romano es en España relativamente moderno,
y además de los errores que contiene, es simplemente una novedad
para nuestra nación. Cualquiera que haya saludado la Historia Eclesiástica,
sabe que España tuvo su Rito peculiar, llamado por unos Isidoriano,
por otros Gótico y por otros Toledano y Muzárabe; Rito que
cedió su lugar, contra la voluntad del pueblo, a la introducción
del Romano en el siglo XI, y del cual apenas si queda una débil
reminiscencia en la Capilla Muzárabe de la Catedral de Toledo,
y más débil todavía quedaba hasta hace poco en la
Capilla del Salvador, llamado de Talavera, en la Catedral Vieja de Salamanca.
Era, pues, natural que nosotros recurriésemos
al antiguo Rito español, y así lo hemos hecho. Pero las
dificultades con que hemos tropezado han sido grandes. Los antiguos manuscritos
que hoy se conservan son reducidos e incompletos y a veces Indescifrables;
y el Breviario y Misal arreglados y publicados por orden del Cardenal
Ximénez de Cisneros, sobre contener muchas cosas de Invención
moderna, no reúnen todos los materiales necesarios para un Libro
completo de Oficios, puesto que carecen de lo referente a los Sacramentos
y demás ritos cristianos que suelen incorporarse en los Rituales
y Pontificales.
En el examen detenido que de estos documentos hemos
hecho, hemos encontrado materiales abundantísimos para ciertas
Fórmulas, pero una casi carencia de ellos para otros Oficios que
son también esenciales. Y así ncs hemos visto precisados
a recurrir a los Formularios de Iglesias reformadas, y con frecuencia
a la misma Palabra de Dios, para poder completar nuestro trabajo.
Con estas fuentes a la vista, y bebiendo de todas ellas,
hemos compilado el presente Libro de Oficios, que, sin desdecir del carácter
general que ostentan hoy los de las Iglesias reformadas, conserva los
rasgos característicos y peculiares del antiguo Rito Español
o Muzárabe.
En él se contienen y disponen todas las partes
componentes del Culto, a saber: confesión de pecados, oración
y hacimiento de gracias, canto de Salmos e himnos, lectura y predicación
de la Palabra, administración de los Sacramentos y otros ritos,
ofertorios e invocación de la bendición divina sobre la
grey; todo lo cual debe ejecutarse con sencillez y gravedad, con la convicción
que presta la fe y con conciencia de lo que se hace, procurando con ello
elevar las almas a Dios, más bien que cautivar los sentidos del
hombre carnal con la yana ostentación de pompa y suntuosidad mundanas.
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Preliminary
Observations
(General rubrics)
Public
Worship |
II. — Decálogo
y Símbolos de fe.
Conviene que los Mandamientos de
Dios sean extensamente conocidos en nuestro país y se lean con
frecuencia en público, y por esta razón incluímos
el Decálogo en el Oficio Matutino.
Asimismo, para hacer pública profesión
de nuestra f e, retenemos los Símbolos llamados Apostólico
y Constantinopolitano, bien conocidos y usados de la antigüedad.
El símbolo de Atanasio lo admitimos
porque contiene una verdadera definición de la fe católica,
mas no lo consideramos adecuado para el Culto público, ni en tal
manera lo usó la antigua Iglesia Española.
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Decalogue
and Creeds of Faith |
Aparte de las Oraciones marcadas para cada Oficio, el Ministro puede añadir
alguna o algunas otras de las contenidas en este Libro (aun de las señaladas
para las devociones privadas cíe los fieles), si circunstancias
especiales así lo requieren.
Ordinariamente para antes del Sermón se deja
al Ministro que ore “ad libitum”, poro se le aconseja que
cre con brevedad.
De las Oraciones para después del Sermón,
que están divididas en puntos numerados, puede el Ministro escoger
los que más oportunos le parezcan.
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Prayers |
IV.—Salmos,
Cánticos, Antífonas e Himnos.
Se ha distribuído el Salterio en treinta y un
grupos, para los treinta y un días de cada mes; y cada grupo se
ha subdividido en tres porciones (1)
En los Oficios ordinarios, después del Salmo
95 por la mañana, y del Salmo 23 por la tarde, se leerá
una de las tres porciones de Salmos correspondientes al día, a
elección del Ministro. Exceptuándose de esta regla los días
que tienen Oficio propio y Salmos especiales (2).
Respecto a los Cánticos para después de
la Lección última, el Ministro puede escoger uno según
el tiempo, o según su voluntad.
Tanto los Salmos y Cánticos, como las Laudas
y Antífonas que en este Libro se contienen, pueden cantarse
o simplemente leerse, a voluntad del Ministro.
Además pueden cantarse al principio y fin de los Oficios, y cuando
la Rúbrica lo indique, Himnos del Himnario recibido
por la Iglesia, o Antífonas asimismo autorizadas.
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Psalms,
Canticles, Antiphons, and Hymns
(1) En
esta edición en dos, para ganar espacio.
(2) La práctica viene siendo escoger algunos de entre los Salmos
de la porción. |
La predicación de la Palabra es una de las más grandes y
excelentes funciones del Ministerio del Evangelio, y debe desempeñarse
de tal manera, que el predicador no tenga de qué avergonzarse por
su trabajo; antes bien, pueda ganar almas a Cristo y edificar en la santa
fe a los creyentes.
No es esencial que haya Predicación en todos
los cultos,
pero sí en los Domingos, y algún otro día entre semana
si la localidad lo permite.
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Preaching |
Para la Santa Comunión en nuestra Iglesia se usan el pan y vino
puros y se dan ambas especies a todos los comulgantes.
Acerca de la frecuencia con que haya de administrarse
la Cena del Señor nada se establece, dejándolo a la prudencia
de los Ministros, los cuales, sin embargo, recordarán que en la
primitiva Iglesia se administraba todos los Domingos.
Respecto a la posición de los comulgantes en
el acto de participar del Pan y del Cáliz, se deja igual libertad;
pues mientras nada puede objetarse a las iglesias que tienen la costumbre
de comulgar de rodillas (con tal que no se ejecute este acto como una
adoración a los elementos, o á una supuesta presencia del
Cuerpo y Sangre de Cristo en ellos o con ellos); tampoco puede criticarse
a las que, por razones de conciencia, prefieren tomar la Comunión
en pie; y debe recordarse que de ambas maneras se comulgaba en la Antigua
Iglesia. En uno u otro caso, lo esencial es la preparación del
comulgante con humildad de corazón y recogimiento de espíritu.
Y en cuanto al error de los que enseñan que
Cristo se dió a Si mismo, o su Cuerpo y Sangre, para ser elevado,
reservado, llevado en procesión o adorado bajo los velos de pan
y vino, nosotros lo rechazamos en absoluto, y afirmamos nuestra creencia
de que el Cuerpo de Cristo es dado, recibido y comido en la santa Cena,
de una manera espiritual y celestial solamente, y que el medio por el
cual es recibido y comido es la Fe.
|
The
Supper of Our Lord (Holy Communion) |
VII.
— Días de Culto público.
El Día del Señor, o el Domingo, debe ser santificado con
la abstención de todo trabajo (excepto las obras de necesidad y
de caridad) y con la celebración del Culto público.
La santificación, en este sentido, de cualesquiera
otros días, no debe imponerse como de precepto; pero tampoco puede
prohibirse ni aun censurarse la celebración del Culto público
en cualquier día; antes bien, debería estimularse a las
iglesias para que tuviesen culto diariamente.
Ya que esto no sea factible en la gran mayoría
de las localidades, procúrese al menos seguir la antigua y laudable
práctica de celebrar culto los días en que se conmemoran
la Natividad, Circuncisión, Epifanía, institución
de la Santa Cena, Muerte y Ascensión a los cielos de nuestro Señor
Jesucristo, y no mencionarnos su Resurrección y la venida del Espíritu
Santo, porque estas conmemoraciones tienen lugar en Domingo.
Aunque nuestra Iglesia no sanciona la oración
o culto a los santos, ni a los ángeles, no debe dejar por esto
de recordar en las predicaciones, y aun en la oración, los nombres
y las virtudes de los varones ilustres, de quienes la Escritura Santa
habla con encomio. Por esta razón, y siguiendo la antigua práctica
de la Iglesia Universal, se han incorporado a este Libro algunas
Conmemoraciones para ciertos días del año, las
cuales se leerán antes de la Oración propia del día,
en el caso de que en semejantes días se celebre culto.
Es también conveniente, y aun necesario, cuando
las dispensaciones extraordinarias de la Providencia divina ofrezcan motivo
y oportunidad para ello, dedicar en ocasiones solemnes algunos días
para suplicar las misericordias de Dios en la tribulación, o para
darle gracias por los beneficios recibidos.
A estos fines responden las diferentes Fórmulas
de Culto que se hallan en el presente Libro.
|
Days
of Public Worship |
VIII.
— Lugares del Culto.
Los lugares destinados para el culto, llámense iglesias, capillas
u otro nombre de los vulgarmente recibidos, deben reunir toda la comodidad
posible para la Congregación.
El Obispo cuidará de que la forma, estilo y
ornamentación de estos edificios no tiendan en manera alguna a
la idolatría
y profanidad, y hará desaparecer inmediatamente de los lugares
del culto cuanto considere impropio dentro o fuera de ellos.
Para la Santa Comunión debe haber una sola Mesa,
en el sitio llamado Presbiterio, no adherida a la pared, sino aislada,
a fin de que el Ministro pueda colocarse entre ella y el muro, de frente
a la Congregación.
A ambos lados del Presbiterio, y adosadas a los muros,
pueden ponerse dais mesitas paratorias, donde colocar
el Servicio de Comunión y las ofrendas de los fieles.
Debe haber, además, la Pila bautismal, el Púlpito
para la Predicación, el Pupitre para la lectura del Oficio Divino
y todos los demás objetos necesarios y acostumbrados para los cultos
y administración de las cristianas ordenanzas.
|
Pkaces
of Worship |
IX.
— Lectura de la Palabra de Dios.
Todos los libros canónicos de la Sagrada Escritura se leerán
en lengua que entienda el pueblo, según la versión adoptada
por nuestra Iglesia. Dispónese que en el Oficio Matutino haya dos
lecciones, una del Antiguo y otra del Nuevo Testamento,
y sólo una en el Oficio Vespertino, del Testamento antiguo o del
Nuevo, indistintamente.
Con este fin se ha formado el Leccionario
que va al final de estas “Observaciones Preliminares”, según
el cual, puede leerse durante cada año una gran parte del Testamento
Antiguo y todo el Nuevo, con repetición de la Epístola a
los Efesios para completar el número de Lecciones (1).
Sigue al Leccionario una Tabla de Lecciones
propias para algunos días movibles del año; y en
tales días se deben omitir y pasar por alto las que se hallan asignadas
en el Leccionario (2).
Además, hay en su lugar correspondiente una
serie de Profecías, Epístolas y Evangelios, que se destinan
para el Oficio de la Santa Comunión.
|
Reading
the Word of God
(1) En
la forma que el Leccionario toma, por vía de experimento,
en la presente edición, se. le ha ajustado más al año
eclesiástico, asegurándose lecciones de especial importancia
para todos los Domingos y repitiéndose más partes del Nuevo
Testamento,
(2) Incorporadas al Leccionario en la presente edición
las lecciones propias para las fiestas movibles, lo que ahora sigue es
otro Leccionario para las Conmemoraciones y fiestas fijas. |
X.
— El Ministro Oficiante.
Por Ministro oficiante debe entenderse al que dirige el sagrado culto
en la Congregación, sea cual fuere el Orden que haya recibido,
mientras expresamente no se designe al Presbítero u Obispo,
El Ministro que oficia vestirá la túnica
o toga blanca que en todos tiempos usó la Iglesia; y la banda o
estola, puesta sobre el hombro izquierdo y recogida al lado derecho, en
los Diáconos, y puesta sobre los dos hombros y colgando por delante,
en los Presbíteros. Queda excluído todo otro ornamento o
vestidura eclesiástica, a no ser la toga negra, que puede usarse
para la predicación, y para el Oficio de Sepultura.
Pueden oficiar varios Ministros a la vez, si hay oportunidad
para ello, distribuyéndose las diversas partes del culto.
Cuando en los Oficios se asigna alguna parte expresamente al Diácono,
entiéndase que puede leerla cualquier otro Ministro, y aun el mismo
Oficiante.
|
Official
Ministers |
XI.
— Instrucciones para los fieles.
Los fieles procuren acudir a la iglesia con puntualidad, no faltando por
negligencia o so pretexto de ocupaciones particulares, teniendo presente
que, tanto como un deber, es un privilegio el que tienen de adorar a Dios.
En el templo guarden el’ recogimiento propio
del lugar y de la ocasión, preparándose con oración
y lectura de la Palabra en silencio, hasta que se empiece el Oficio divino.
Principiado éste, pongan atención y tomen
parte en él como se dispone en el presente Libro, absteniéndose
de todo lo que sea impropio y pueda interrumpir el buen orden o distraer
la atención de los demás.
No salgan de la iglesia precipitadamente, ni la abandonen
antes de terminado el culto, a no ser por urgente necesidad. La postura
que deben guardar mientras oren ha de ser reverente. Fuera de esto, no
se prescribe posición alguna determinada como esencial de la devoción.
Mas por amor a la uniformidad, que se debe procurar siempre que se pueda,
la posición de rodillas (donde las circunstancias del local lo
permitan) es la que se ha creído prudente recomendar en las Rúbricas
de este Libro.
Para sus devociones particulares y sus cultos de familia,
además de la lectura de la Palabra y de los libros piadosos, pueden
hacer uso de las Oraciones que con tal objeto se han puesto al final del
Libro.
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Instruction
of the Faithful |
Además de las instrucciones que se han dado en los puntos precedentes
y de las que contienen las Rúbricas esparcidas en el cuerpo de
este Libro, el Ministro tendrá presente las que siguen:
Los Oficios Matutino y Vespertino se celebrarán
a la hora que se crea más conveniente para la Congregación,
según los lugares y los tiempos.
El Oficio de la Comunión es independiente de
los demás; y cuando ‘se celebre, puede omitirse el Matutino
o Vespertino, según corresponda, a no ser que la Comunión
tenga lugar en hora y circunstancias que no sirvan de impedimento, y sea
preferible no omitir Oficio alguno.
Fuera de los Domingos y otros días que tienen
Oficio propio, el Ministro puede acortar la fórmula ordinaria del
culto, especialmente si la Congregación está formada por
niños, En reuniones especiales para oración, clases bíblicas,
conferencias, sermones de Misión, etc., no hay necesidad de observar
rígidamente estos Formularios; basta que el Ministro empiece y
termine con alguna o algunas Oraciones de las que hay en. los diversos
Oficios, inclusas las que se ponen para los fieles, o con alguna oración
improvisada según su prudencia y discreción.
|
Warnings |
XIII.
— Cómputo Eclesiástico.
El Año Eclesiástico se apoya en dos fechas: el primer día
de Adviento y el día de la Pascua de Resurrección.
El Adviento principia siempre en el
Domingo más próximo. anterior o posterior, al día
de San Andrés, 30 de Noviembre.
La Pascua, por disposición
del Concilio de Nicea, se celebra en el Domingo que sigue al primer Plenilunio
después del 20 de Marzo; y si el Plenilunio cae en Domingo, la
Pascua será el Domingo siguiente. Según esto, la pascua
puede ocurrir entre el 23 de Marzo y el 25 de Abril.
De la fecha de la Pascua dependen los demás
días que se llaman fiestas movibles: así
el
Domingo
de Septuagésima es 63 días
Domingo de Quincuagésima es 49 días
Primer día de Cuaresma es 46 días |
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antes de la Pascua. |
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La
festividad de la Ascensión es 40 días
Domingo de Pentecostés es 50 días
Domingo de la Trinidad es 57 días |
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después
de la Pascua. |
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Reproducido
hasta aquí de la edición anterior. En vez de las observaciones
y reglas para conocer anticipadamente la fecha de la Pascua en un
año futuro, damos en esta edición una Tabla de la Pascua
y demás fiestas movibles hasta el año 1980. |
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Calculating
the Church Year |