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    Liturgia
de la Iglesia Española Reformada Episcopal (1954)

 

Indice

    Páginas
NOTA IMPORTANTE VII
     
OBSERVACIONES PRELIMINARES  
  Culto Público IX
  Decálogo y Símbolos de fe XI
  La Oración XI
  Salmos, Cánticos, Antífonas e Himnos XII
  La Predicación XII
  La Cena del Señor XIII
  Días de Culto público XIII
  Lugares del Culto XIV
  Lectura de la Palabra de Dios XV
  El Ministro Oficiante XVI
  Instrucciones para los Fieles XVI
  Advertencias XVII
  Cómputo Eclesiástico XVIII
  Tabla de Fiestas Movibles XIX
  Tabla de la Pascua y demás fiestas Movibles hasta el año 1980 XX
  Leccionario XXII
  Leccionario para las Conmemoraciones XXXV
     
OFICIOS  
  Oficio Matutino
3
  Oficio Vespertino
32
  Oficio de Suplicación
51
  Letania
51
  Oraciones de Súplica
55
  Oraciones de Acción de Gracias
68
  Oficio para la Natividad de Jesucristo
74
  Oficio para la Circuncisión de Jesucristo
80
  Oficio para la Epifania
83
  Oficio para el Jueves Santo
86
  Oficio para el Viernes Santo
97
  Oficio de Pasión
113
  Oficio para la Pascua
124
  Oficio para la Ascensión
129
  Oficio para Pentecostés
133
  Oficio para la Trinidad
137
  La Cena del Señor
141
  Oraciones, Profecías, Epístolas y Evangelios
183
  Conmemoraciones para ciertos días del año
224
  Bautismo de Párvulos
231
  Bautismo de Personas adultas
242
  Oficio para la Confirmación
253
  Solemnización del Matrimonio
264
  Acción de Gracias por un feliz Alumbramiento
275
  Visita de Enfermos
278
  Comunión para los Enfermos
287
  Oficio de Sepultura para Adultos
290
  Oficio de Sepultura para Párvulos
299
  Oficio Divino para los Navegantes
306
  Los Salmos de David
313
  Cánticos
517
  Ordenación de Diáconos
548
  Ordenación de Presbíteros
556
  Consagración de Obispos
571
  Consagración de Iglesia
584
  Oficio de Conmemoración de los Mártires
594
  Declaración de Doctrina
595
  Símbolo de Atanasio
605
  Oraciones para el uso privado de los Fieles
608
  Indice de Salmos apropiados para meditaciones y disposiciones de ánimo diversas
624

 


 

NOTA IMPORTANTE

 
Por acuerdo del Sínodo de
1952, confirmado por el Consejo Provisional de Obispos, el titulo de la Iglesia es IGLESIA ESPAÑOLA REFORMADA EPISCOPAL.

Por lo excepcional de las circunstancias, no han podido llenarse todos los requisitos para la presente edición de la LITURGIA. Por lo tanto, conserva su carácter oficial la edición anterior (1889), salvo en las adiciones ahora incorporadas a los Oficios de Bautismo (Párvulos y Adultos), de Ordenación de Presbíteros y Consagración de Obispos, las cuales cumplimentan acuerdos del Sínodo de 1906, canónicamente confirmados.

El Sínodo de 1952 permitió abreviaciones para la presente edición que no afecten a las partes vitales de los Oficios. Estas abreviaciones se han reducido al mínimo y tienen un carácter provisional.

Como un experimento, se ha hecho concordar el LECCIONARIO con el Año Eclesiástico, asegurando con ello lecciones de especial importancia para los Domingos.


Important Note

OBSERVACIONES PRELIMINARES


1. — Culto Público.

    El Culto externo tributado a Dios en la Iglesia Cristiana, no se halla con precisión y minuciosidad detallado en el Nuevo Testamento, como sucedía respecto al culto de la Iglesia Judaica en el Testamento Antiguo.
    Hay, sin embargo, ciertos principios en el Nuevo Testamento que, ya por via de mandato o de consejo, ya como práctica apostólica, trazan el camino que se debe seguir; y ajustándose a ellos, puede evitarse el exagerado o defectuoso ritualismo que se encuentra en algunas Iglesias.
    Cuando por la ignorancia o por la malicia, con el transcurso de los siglos, se introducen en la Iglesia tradiciones no autorizadas y doctrinas de hombres, que siempre tienden a invalidar la Palabra y el mandamiento de Dios, se hace indispensable la reforma. Y al acometerse ésta se observa constantemente que hay que reformar, no las do:trinas sólo, sino también la disciplina o régimen y la forma del culto público.
Pero reformar no es introducir una Religión nueva, sino volver a la prístina pureza del antiguo Cristianismo, desembarazándolo y limpiándolo de la hojarasca, malezas y letales abrojos, que la malicia ha sembrado o la ignorancia ha dejado brotar en medio de él. Por esta razón no se puede prescindir de los siglos ni de los hombres que nos han precedido, sino que hay que ir, a través de ellos, remontándonos hasta la época en que hallemos la doctrina, la disciplina y el culto en un todo conformes a la Palabra de Dios.
    Así hemos procurado hacerlo nosotros, y con el auxilio divino confiamos haber logrado nuestro objeto en cuanto a la forma del Culto, que es el punto concreto sobre el cual versan estas Observaciones.
    El Rito Romano es en España relativamente moderno, y además de los errores que contiene, es simplemente una novedad para nuestra nación. Cualquiera que haya saludado la Historia Eclesiástica, sabe que España tuvo su Rito peculiar, llamado por unos Isidoriano, por otros Gótico y por otros Toledano y Muzárabe; Rito que cedió su lugar, contra la voluntad del pueblo, a la introducción del Romano en el siglo XI, y del cual apenas si queda una débil reminiscencia en la Capilla Muzárabe de la Catedral de Toledo, y más débil todavía quedaba hasta hace poco en la Capilla del Salvador, llamado de Talavera, en la Catedral Vieja de Salamanca.
    Era, pues, natural que nosotros recurriésemos al antiguo Rito español, y así lo hemos hecho. Pero las dificultades con que hemos tropezado han sido grandes. Los antiguos manuscritos que hoy se conservan son reducidos e incompletos y a veces Indescifrables; y el Breviario y Misal arreglados y publicados por orden del Cardenal Ximénez de Cisneros, sobre contener muchas cosas de Invención moderna, no reúnen todos los materiales necesarios para un Libro completo de Oficios, puesto que carecen de lo referente a los Sacramentos y demás ritos cristianos que suelen incorporarse en los Rituales y Pontificales.
    En el examen detenido que de estos documentos hemos hecho, hemos encontrado materiales abundantísimos para ciertas Fórmulas, pero una casi carencia de ellos para otros Oficios que son también esenciales. Y así ncs hemos visto precisados a recurrir a los Formularios de Iglesias reformadas, y con frecuencia a la misma Palabra de Dios, para poder completar nuestro trabajo.
    Con estas fuentes a la vista, y bebiendo de todas ellas, hemos compilado el presente Libro de Oficios, que, sin desdecir del carácter general que ostentan hoy los de las Iglesias reformadas, conserva los rasgos característicos y peculiares del antiguo Rito Español o Muzárabe.
    En él se contienen y disponen todas las partes componentes del Culto, a saber: confesión de pecados, oración y hacimiento de gracias, canto de Salmos e himnos, lectura y predicación de la Palabra, administración de los Sacramentos y otros ritos, ofertorios e invocación de la bendición divina sobre la grey; todo lo cual debe ejecutarse con sencillez y gravedad, con la convicción que presta la fe y con conciencia de lo que se hace, procurando con ello elevar las almas a Dios, más bien que cautivar los sentidos del hombre carnal con la yana ostentación de pompa y suntuosidad mundanas.

 

Preliminary Observations
(General rubrics)

 

Public Worship

II. — Decálogo y Símbolos de fe.

    Conviene que los Mandamientos de Dios sean extensamente conocidos en nuestro país y se lean con frecuencia en público, y por esta razón incluímos el Decálogo en el Oficio Matutino.
    Asimismo, para hacer pública profesión de nuestra f e, retenemos los Símbolos llamados Apostólico y Constantinopolitano, bien conocidos y usados de la antigüedad.
    El símbolo de Atanasio lo admitimos porque contiene una verdadera definición de la fe católica, mas no lo consideramos adecuado para el Culto público, ni en tal manera lo usó la antigua Iglesia Española.

 

Decalogue and Creeds of Faith
III. — La Oración.

    Aparte de las Oraciones marcadas para cada Oficio, el Ministro puede añadir alguna o algunas otras de las contenidas en este Libro (aun de las señaladas para las devociones privadas cíe los fieles), si circunstancias especiales así lo requieren.
    Ordinariamente para antes del Sermón se deja al Ministro que ore “ad libitum”, poro se le aconseja que cre con brevedad.
    De las Oraciones para después del Sermón, que están divididas en puntos numerados, puede el Ministro escoger los que más oportunos le parezcan.

 

 Prayers
 IV.—Salmos, Cánticos, Antífonas e Himnos.

    Se ha distribuído el Salterio en treinta y un grupos, para los treinta y un días de cada mes; y cada grupo se ha subdividido en tres porciones (1)
    En los Oficios ordinarios, después del Salmo 95 por la mañana, y del Salmo 23 por la tarde, se leerá una de las tres porciones de Salmos correspondientes al día, a elección del Ministro. Exceptuándose de esta regla los días que tienen Oficio propio y Salmos especiales (2).
Respecto a los Cánticos para después de la Lección última, el Ministro puede escoger uno según el tiempo, o según su voluntad.
    Tanto los Salmos y Cánticos, como las Laudas y Antífonas que en este Libro se contienen, pueden cantarse o simplemente leerse, a voluntad del Ministro.
Además pueden cantarse al principio y fin de los Oficios, y cuando la Rúbrica lo indique, Himnos del Himnario recibido por la Iglesia, o Antífonas asimismo autorizadas.
 

 Psalms, Canticles, Antiphons, and Hymns

 

(1) En esta edición en dos, para ganar espacio.

 
(2) La práctica viene siendo escoger algunos de entre los Salmos de la porción.

 V. — La Predicación.

    La predicación de la Palabra es una de las más grandes y excelentes funciones del Ministerio del Evangelio, y debe desempeñarse de tal manera, que el predicador no tenga de qué avergonzarse por su trabajo; antes bien, pueda ganar almas a Cristo y edificar en la santa fe a los creyentes.
    No es esencial que haya Predicación en todos los cultos,
pero sí en los Domingos, y algún otro día entre semana si la localidad lo permite.
 

 Preaching
 VI. — La Cena del Señor.

    Para la Santa Comunión en nuestra Iglesia se usan el pan y vino puros y se dan ambas especies a todos los comulgantes.
    Acerca de la frecuencia con que haya de administrarse la Cena del Señor nada se establece, dejándolo a la prudencia de los Ministros, los cuales, sin embargo, recordarán que en la primitiva Iglesia se administraba todos los Domingos.
    Respecto a la posición de los comulgantes en el acto de participar del Pan y del Cáliz, se deja igual libertad; pues mientras nada puede objetarse a las iglesias que tienen la costumbre de comulgar de rodillas (con tal que no se ejecute este acto como una adoración a los elementos, o á una supuesta presencia del Cuerpo y Sangre de Cristo en ellos o con ellos); tampoco puede criticarse a las que, por razones de conciencia, prefieren tomar la Comunión en pie; y debe recordarse que de ambas maneras se comulgaba en la Antigua Iglesia. En uno u otro caso, lo esencial es la preparación del comulgante con humildad de corazón y recogimiento de espíritu.
    Y en cuanto al error de los que enseñan que Cristo se dió a Si mismo, o su Cuerpo y Sangre, para ser elevado, reservado, llevado en procesión o adorado bajo los velos de pan y vino, nosotros lo rechazamos en absoluto, y afirmamos nuestra creencia de que el Cuerpo de Cristo es dado, recibido y comido en la santa Cena, de una manera espiritual y celestial solamente, y que el medio por el cual es recibido y comido es la Fe.

 

 The Supper of Our Lord (Holy Communion)
 VII. — Días de Culto público.

    El Día del Señor, o el Domingo, debe ser santificado con la abstención de todo trabajo (excepto las obras de necesidad y de caridad) y con la celebración del Culto público.
    La santificación, en este sentido, de cualesquiera otros días, no debe imponerse como de precepto; pero tampoco puede prohibirse ni aun censurarse la celebración del Culto público en cualquier día; antes bien, debería estimularse a las iglesias para que tuviesen culto diariamente.
    Ya que esto no sea factible en la gran mayoría de las localidades, procúrese al menos seguir la antigua y laudable práctica de celebrar culto los días en que se conmemoran la Natividad, Circuncisión, Epifanía, institución de la Santa Cena, Muerte y Ascensión a los cielos de nuestro Señor Jesucristo, y no mencionarnos su Resurrección y la venida del Espíritu Santo, porque estas conmemoraciones tienen lugar en Domingo.
    Aunque nuestra Iglesia no sanciona la oración o culto a los santos, ni a los ángeles, no debe dejar por esto de recordar en las predicaciones, y aun en la oración, los nombres y las virtudes de los varones ilustres, de quienes la Escritura Santa habla con encomio. Por esta razón, y siguiendo la antigua práctica de la Iglesia Universal, se han incorporado a este Libro algunas Conmemoraciones para ciertos días del año, las cuales se leerán antes de la Oración propia del día, en el caso de que en semejantes días se celebre culto.
    Es también conveniente, y aun necesario, cuando las dispensaciones extraordinarias de la Providencia divina ofrezcan motivo y oportunidad para ello, dedicar en ocasiones solemnes algunos días para suplicar las misericordias de Dios en la tribulación, o para darle gracias por los beneficios recibidos.
    A estos fines responden las diferentes Fórmulas de Culto que se hallan en el presente Libro.

 

 Days of Public Worship
 VIII. — Lugares del Culto.

    Los lugares destinados para el culto, llámense iglesias, capillas u otro nombre de los vulgarmente recibidos, deben reunir toda la comodidad posible para la Congregación.
    El Obispo cuidará de que la forma, estilo y ornamentación de estos edificios no tiendan en manera alguna a la idolatría
y profanidad, y hará desaparecer inmediatamente de los lugares del culto cuanto considere impropio dentro o fuera de ellos.
    Para la Santa Comunión debe haber una sola Mesa, en el sitio llamado Presbiterio, no adherida a la pared, sino aislada, a fin de que el Ministro pueda colocarse entre ella y el muro, de frente a la Congregación.
    A ambos lados del Presbiterio, y adosadas a los muros, pueden ponerse dais mesitas paratorias, donde colocar el Servicio de Comunión y las ofrendas de los fieles.
    Debe haber, además, la Pila bautismal, el Púlpito para la Predicación, el Pupitre para la lectura del Oficio Divino y todos los demás objetos necesarios y acostumbrados para los cultos y administración de las cristianas ordenanzas.

 

 Pkaces of Worship
 IX. — Lectura de la Palabra de Dios.

    Todos los libros canónicos de la Sagrada Escritura se leerán en lengua que entienda el pueblo, según la versión adoptada por nuestra Iglesia. Dispónese que en el Oficio Matutino haya dos lecciones, una del Antiguo y otra del Nuevo Testamento,
y sólo una en el Oficio Vespertino, del Testamento antiguo o del Nuevo, indistintamente.
    Con este fin se ha formado el Leccionario que va al final de estas “Observaciones Preliminares”, según el cual, puede leerse durante cada año una gran parte del Testamento Antiguo y todo el Nuevo, con repetición de la Epístola a los Efesios para completar el número de Lecciones (1).
    Sigue al Leccionario una Tabla de Lecciones propias para algunos días movibles del año; y en tales días se deben omitir y pasar por alto las que se hallan asignadas en el Leccionario (2).

    Además, hay en su lugar correspondiente una serie de Profecías, Epístolas y Evangelios, que se destinan para el Oficio de la Santa Comunión.

 

 Reading the Word of God

(1) En la forma que el Leccionario toma, por vía de experimento, en la presente edición, se. le ha ajustado más al año eclesiástico, asegurándose lecciones de especial importancia para todos los Domingos y repitiéndose más partes del Nuevo Testamento,
(2) Incorporadas al Leccionario en la presente edición las lecciones propias para las fiestas movibles, lo que ahora sigue es otro Leccionario para las Conmemoraciones y fiestas fijas.

 X. — El Ministro Oficiante.

    Por Ministro oficiante debe entenderse al que dirige el sagrado culto en la Congregación, sea cual fuere el Orden que haya recibido, mientras expresamente no se designe al Presbítero u Obispo,
    El Ministro que oficia vestirá la túnica o toga blanca que en todos tiempos usó la Iglesia; y la banda o estola, puesta sobre el hombro izquierdo y recogida al lado derecho, en los Diáconos, y puesta sobre los dos hombros y colgando por delante, en los Presbíteros. Queda excluído todo otro ornamento o vestidura eclesiástica, a no ser la toga negra, que puede usarse para la predicación, y para el Oficio de Sepultura.
    Pueden oficiar varios Ministros a la vez, si hay oportunidad para ello, distribuyéndose las diversas partes del culto.
Cuando en los Oficios se asigna alguna parte expresamente al Diácono, entiéndase que puede leerla cualquier otro Ministro, y aun el mismo Oficiante.

 

 Official Ministers
 XI. — Instrucciones para los fieles.

    Los fieles procuren acudir a la iglesia con puntualidad, no faltando por negligencia o so pretexto de ocupaciones particulares, teniendo presente que, tanto como un deber, es un privilegio el que tienen de adorar a Dios.
    En el templo guarden el’ recogimiento propio del lugar y de la ocasión, preparándose con oración y lectura de la Palabra en silencio, hasta que se empiece el Oficio divino.
    Principiado éste, pongan atención y tomen parte en él como se dispone en el presente Libro, absteniéndose de todo lo que sea impropio y pueda interrumpir el buen orden o distraer la atención de los demás.
    No salgan de la iglesia precipitadamente, ni la abandonen antes de terminado el culto, a no ser por urgente necesidad. La postura que deben guardar mientras oren ha de ser reverente. Fuera de esto, no se prescribe posición alguna determinada como esencial de la devoción. Mas por amor a la uniformidad, que se debe procurar siempre que se pueda, la posición de rodillas (donde las circunstancias del local lo permitan) es la que se ha creído prudente recomendar en las Rúbricas de este Libro.
    Para sus devociones particulares y sus cultos de familia, además de la lectura de la Palabra y de los libros piadosos, pueden hacer uso de las Oraciones que con tal objeto se han puesto al final del Libro.

 

 Instruction of the Faithful
XII. — Advertencias.

    Además de las instrucciones que se han dado en los puntos precedentes y de las que contienen las Rúbricas esparcidas en el cuerpo de este Libro, el Ministro tendrá presente las que siguen:
    Los Oficios Matutino y Vespertino se celebrarán a la hora que se crea más conveniente para la Congregación, según los lugares y los tiempos.
    El Oficio de la Comunión es independiente de los demás; y cuando ‘se celebre, puede omitirse el Matutino o Vespertino, según corresponda, a no ser que la Comunión tenga lugar en hora y circunstancias que no sirvan de impedimento, y sea preferible no omitir Oficio alguno.
    Fuera de los Domingos y otros días que tienen Oficio propio, el Ministro puede acortar la fórmula ordinaria del culto, especialmente si la Congregación está formada por niños, En reuniones especiales para oración, clases bíblicas, conferencias, sermones de Misión, etc., no hay necesidad de observar rígidamente estos Formularios; basta que el Ministro empiece y termine con alguna o algunas Oraciones de las que hay en. los diversos Oficios, inclusas las que se ponen para los fieles, o con alguna oración improvisada según su prudencia y discreción.

 

Warnings
 XIII. — Cómputo Eclesiástico.

    El Año Eclesiástico se apoya en dos fechas: el primer día de Adviento y el día de la Pascua de Resurrección.
    El Adviento principia siempre en el Domingo más próximo. anterior o posterior, al día de San Andrés, 30 de Noviembre.
    La Pascua, por disposición del Concilio de Nicea, se celebra en el Domingo que sigue al primer Plenilunio después del 20 de Marzo; y si el Plenilunio cae en Domingo, la Pascua será el Domingo siguiente. Según esto, la pascua puede ocurrir entre el 23 de Marzo y el 25 de Abril.
    De la fecha de la Pascua dependen los demás días que se llaman fiestas movibles: así el

Domingo de Septuagésima es 63 días
Domingo de Quincuagésima es 49 días
Primer día de Cuaresma es 46 días
  antes de la Pascua.
     
La festividad de la Ascensión es 40 días
Domingo de Pentecostés es 50 días
Domingo de la Trinidad es 57 días
  después de la Pascua.

 
  Reproducido hasta aquí de la edición anterior. En vez de las observaciones y reglas para conocer anticipadamente la fecha de la Pascua en un año futuro, damos en esta edición una Tabla de la Pascua y demás fiestas movibles hasta el año 1980.

 

 Calculating the Church Year

 

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Web author: Charles Wohlers U. S. EnglandScotlandIrelandWalesCanadaWorld